martes, 17 de enero de 2012

A mi no me gusta la SOPA (Mexican Edition)

A mi en lo personal no me gusta esto de copiar y pegar articulos de otros blogs.
Pero este ha sido el mejor para hablar del tema que en lo personal, a TODOS nos afectaria.

He Aqui el articulo original:
http://entermedia.mx/2011/12/lo-debes-saber-sobre-la-ley-doring-la-version-mexicana-de-sopa/

Cuando escribí la nota acerca de SOPAhace poco, pensé que sería imposible encontrar una ley más ignorante acerca del funcionamiento del internet. Sin embargo, la Ley Döring gana. Lo que esta ley (propuesta por el senador Federico Döring del PAN) carece de malicia en comparación con SOPA, lo recompensa con la más pura ignorancia, no sólo del funcionamiento mismo del internet, si no de la jurisprudencia existente.
¿Qué es la Ley Döring?

La Ley Döring es el esfuerzo más reciente por parte del poder legislativo por crear una ley que controle y disminuya la piratería en internet. Al igual que SOPA, no puedo contradecir el espíritu de la ley, pero bueno, como dicen, de buenas intenciones está empedrado el camino al infierno.

Adiós a los fanvids (y a todo lo demás)

Bajo el nuevo esquema de la ley, tanto aquel que descarga material protegido por los derechos de autor, como aquel que pone a disposición este material incurriría en una infracción en materia de comercio. En palabras más sencillas, si descargas una película que no es tuya, o publicas, en cualquier medio, una película, canción, imagen, etcétera, que no te pertenece, incurrirías en una infracción. Que quede claro que esta infracción ocurriría así hagas o no hagas dinero con este material.

Un escenario:

Imagina que eres un fanático de The Walking Dead. Simplemente te parece la cosa más genial que ha ocurrido en el universo. Por lo tanto, decides hacer un video musical utilizando clips de la serie. Para ellos utilizas una canción de tu colección de iTunes, pues hacer tu propia música no es tu fuerte. Y además utilizas clips de The Walking Dead que sacaste de tu colección de DVDs. Tu creación final es un video musical conmovedor, realmente una obra maestra. Así que la publicas en tu canal de YouTube, y le dices a todos tus amigos.

Esto ya te hace merecedor de una infracción, de acuerdo a la Ley Döring.

Hagamos que el IMPI sea nuestra ciberpolicía (que sea china es sólo opcional)

El IMPI es el Instituto Mexicano de Propiedad Intelectual. De acuerdo a ellos mismos, un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio para administrar el sistema de propiedad intelectual. Básicamente la IMPI se encarga de los patentes, las marcas y la protección de las mismas. Desde luego, la piratería es uno de los temas que más ocupan al IMPI, si no es que se trata de el tema. Sin embargo, el IMPI no tiene poder para iniciar una investigación. Esto recae, justamente, en el poder judicial. Por el momento, lo único que puede hacer el IMPI es decirle al poder judicial, “mira, me dijeron que aquí y allá están pirateando.” El resto de la investigación recae en el poder judicial.

Esta ley cambiaría eso por completo. Básicamente, bajo el nuevo esquema, el IMPI tendría el poder de iniciar una investigación de oficio, sin la petición de ningún afectado. Es decir, sin importar que alguien o no se lo haya pedido, el IMPI podrá iniciar una investigación sobre cualquier YouTuber que suba videos musicales como hobby.

Más aterrador aún es en lo que consiste esta investigación. Una vez que el IMPI tenga a un infractor en la mira (digamos a nuestro amigo que hace videos musicales de The Walking Dead), el IMPI podría pedir a su ISP (en nuestro caso, probablemente Telmex) que le de la dirección IP del susodicho infractor. Sin ningún tipo de orden judicial.

Pesadillas Orwellianas, allá vamos.

Además, el supuesto infractor tiene sólo tres días después de recibir notificación de que es un infractor para defenderse y declarar que es el dueño de los derechos de autor. De otro modo, el IMPI dictará la sentencia.

Desde luego, además del problema muy posible de acusar a alguien falsamente (que describimos más adelante) es el mismo proceso de vigilancia que sería necesario para encontrar a estos supuestos infractores. Pues sería necesario un sistema de vigilancia de la actividad de los usuarios en internet, algo que viola la privacidad, y francamente, me pone nerviosa. De hecho, ya habíamos hablado de este proceso cuando hablamos sobre SOPA: una tecnología llamada deep-packet inspection, que consiste en una vigilancia del tráfico que viene y va en internet, y que también hace posible la redirección, minado de datos y censura del mismo. Esta es una tecnología que hace salivar a los gobiernos de China e Irán – para que se den una idea.

Aquí es donde todo se va a la fregada. O porqué un IP no es una persona.

Cuando explicamos el desastre descomunal que es SOPA, explicamos un poco de cómo funcionaba el internet, y de lo que era un IP. Sin embargo, en ese caso estábamos hablando del lado del servidor, es decir, del otro lado de la pantalla y muy lejos de los usuarios como tú y yo. Sin embargo, en el caso de la Ley Döring las cosas cambian un poco.

Verás, con la Ley Döring, el largo brazo de la ley te estará buscando a ti, y no al servidor donde está alojada la supuesta piratería.

Para los que vienen llegando: una dirección IP es básicamente la dirección, en forma de números separados por puntos (como 192.168.4.3) que identifican a un dispositivo conectado a internet. Tu teléfono, si se conecta a internet, tiene uno. También lo tiene tu computadora, tu tableta, un servidor en la Antártica, un Nintendo 3DS y un PlayStation 3. Cualquier cosa que puede acceder a internet cuenta con una dirección IP (hasta una lavadora puede tener uno, vaya). Esto, al menos, es inequívoco.

Lo que no es inequívoco es decir que una dirección IP puede identificar a un usuario. ¿Notan como muchos de los dispositivos que mencionamos son comunales? ¿Cómo probar que la persona que publicó el video musical de The Walking Dead fue Juan, y no su hermano, Pedro, que utiliza la misma computadora? Por mencionar uno de los casos más sencillos y torpes. Suponiendo, desde luego, que Juan y Pedro utilicen la misma computadora. Porque también podrían estar usando dos computadoras distintas pero estar conectados detrás del mismo router (el aparato con lucecitas que se conecta a internet), y por tanto compartir el mismo IP.

O por otro lado, Juan y Pedro, de manera poco hábil, podrían haber dejado su conexión abierta. Entonces fue y se colgó Alfredo de ella para subir su video para no gastar el ancho de banda de su propia conexión. O quizá no la dejaron abierta, pero Ramiro tenía ganas de bromear un poco y rompió la seguridad de la conexión. (Es más fácil de lo que creen).

Pero no tenemos por qué inventar escenarios complicados. La misma manera en la que funciona internet evita que un IP pueda ser relacionado inequívocamente con una persona. Dos palabras: IPs dinámicos. Esto quiere decir que un solo dispositivo puede tener un IP un día y un IP distinto otro. Y no sólo eso, si no que estos IP son reusables (aunque casi infinitos, los IP no son infinitos), por lo tanto el IP que Ramiro tenía ayer (que usó para subir el video), hoy lo tiene Juan.

(Un caso reciente y notorio es el de la RIAA diciendo que alguien había usado sus IPs (privados) para piratear (sus propias) canciones).

Y vamos, México, esto ya pasó. Hace años que luchamos esta batalla, en Estados Unidos, donde por fin se estableció la noción de que un IP no era una persona.

Me quieres cobrar, ¿cuánto?

Las infracciones, manejadas por el IMPI, podrían ir entre veinte y treinta mil salarios mínimos.

¿Quién es este fulano y porqué me está haciendo esto?

Como ya dijimos, la Ley ha sido propuesta por el senador panista Federico Döring. Su pasado (sórdido o no), no es de mi interés. Pero lo que me parece curioso es que Döring fue uno de los oponentes más feroces de ACTA, o Anti-Counterfeiting Trade Agreement. Este es un tratado internacional creado por Japón y Estados Unidos, abierto para que cualquier país lo firme, en el que se busca proteger la propiedad intelectual. El principal problema con ACTA es básicamente una invasión de la privacidad y un incremento inconstitucional de la vigilancia digital. México no ha firmado el tratado, pero la firma de ella está abierta hasta el 13 de Marzo de 2013, por lo que se trata de otra ley que hay que vigilar.
En cierto sentido, la Ley Döring es otra ACTA, por lo que parece extraño y hasta ridículo que la misma persona haya estado tan opuesta a una y luego proponga la otra.

Sin embargo, la Ley Döring aún no ha sido firmada. El senador Döring ha dicho públicamente que busca retroalimentación acerca de esta Ley. Incluso tiene Twitter, y puedes seguirlo por aquí. (Por cierto, quiero pensar que nunca pone acentos porque su teclado no los tiene.) Así que te invitamos a que le digas qué piensas acerca de esta propuesta de ley, cómo puede mejorarla, le hagas preguntas y que deje todo en claro. El internet libre lo merece.

domingo, 1 de enero de 2012

Ok.... Veinte Doce

Hola....
::D
ok, si la cage este año
se que les prometi el sol la luna y las estrellas
y que les di pura ..l.,
Peeeeeeeeeeeeeero bueno
Es mi blog, aqui puedo hacer lo que se me hinchen los pinches y putos huevos
BOLA DE PENDEJOS....
...
Ok, desspues de irradiar un poco de alegria les comento un poco de lo que paso
mmmmmmmmmm
no, que hueva
mejor de lo que pasa...
mmmta....
creo que tampoco. Eso no me gusta
entonses de lo que pasara...
ñeeeeeee....
a la verga
Mejor simplemente les dijo que este año, ahora si espero
De verdad, atender mas este blog.
De ahi en mas, que tengan un bonito año. :D